La Universidad Loyola podrá solicitar la hipoteca que necesita para su campus

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Universidad Loyola

El Ayuntamiento de Dos Hermanas ha autorizado a la Fundación Universidad Loyola Andalucía a la constitución de garantía hipotecaria sobre la Concesión administrativa otorgada a esa entidad por terrenos de titularidad municipal.

La Fundación Universidad Loyola Andalucía ha solicitado un préstamo hipotecario de 40 millones de euros para finalizar las obras de su campus en Entrenúcleos.

Antecedentes

A modo de antecedentes, mediante Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento, de fecha 20 de septiembre de 2013, se adjudicó a la Fundación Universidad Loyola Andalucía la licitación de la ‘Concesión Administrativa para la instalación en terrenos de titularidad municipal de una ciudad universitaria de servicios, equipamientos y urbanización interior’, en suelos del Sector SEN-1 de Entrenúcleos,  formalizada mediante contrato administrativo de fecha 25 de octubre de 2013, elevado a escritura pública con fecha 14 de febrero de 2014.

En obras

Tras la obtención de la preceptiva Licencia Municipal de Obras, con fecha 6 de marzo de 2018, la Fundación Universidad Loyola Andalucía dio inicio a las obras de urbanización y  construcción de las edificaciones e instalaciones deportivas contempladas en el proyecto.

Estas obras, con un plazo de realización previsto de tres años, continúan actualmente en ejecución.

Préstamo hipotecario

A fin de obtener la financiación precisa para finalizar estas obras del Campus Universitario, la Fundación Universidad Loyola Andalucía ha iniciado los trámites para la consecución de un préstamo hipotecario, de 40 millones de euros de principal, garantizado mediante primera hipoteca sobre la concesión administrativa, y que posteriormente se extenderá sobre las edificaciones e instalaciones que se ejecuten sobre estos terrenos.

Para la formalización de este préstamo hipotecario, que se destinará en exclusiva a la financiación de la ejecución de las obras del Campus Universitario, es precisa la autorización del Ayuntamiento de Dos Hermanas, a cuya finalidad la Fundación ha presentado la oportuna solicitud.

Normativa

Dispone el artículo 98.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Entidades Locales: “Los derechos sobre las obras, construcciones e instalaciones solo podrán ser hipotecados, como garantía de los préstamos contraídos por el titular de la concesión, para financiar la realización, modificación o ampliación de las obras, construcciones e instalaciones de carácter fijo situadas sobre la dependencia demanial ocupada. En todo caso, para constituir la hipoteca, será necesaria la previa autorización de la autoridad competente para el otorgamiento de la concesión. Si en la escritura de la constitución de la hipoteca no constase esta autorización, el registrador de la propiedad denegará la inscripción”.

En similares términos se expresan los art. 273 y siguientes de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público, que asimismo contempla y permite esta posibilidad de autorización municipal.

Dado que el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (PCAP) de la licitación de referencia, en su cláusula 3ª.4, ya se contemplaba esta posibilidad de hipoteca,  siempre que el Ayuntamiento lo autorizase, y en el mismo sentido se reflejaba en el citado contrato administrativo de la concesión, formalizado con la Fundación con fecha 25 de octubre de 2013.

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