Activado el peligro alto de incendios forestales del Plan Infoca

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incendios forestales

El BOJA publica la orden de peligro alto de incendios forestales que estará vigente hasta el próximo 15 de octubre 

La Junta de Andalucía ha activado la Época de Peligro Alto de incendios forestales, tras la publicación este martes en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de la orden por parte de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa.

Una decisión que viene motivada por las particulares circunstancias climáticas de esta primavera y dentro de su estrategia de prevención de los incendios forestales. Tradicionalmente este periodo arrancaba el 1 de junio. 

Además, se ha prohibido la quema de restos vegetales y el uso de fuego para la preparación de alimentos hasta el 15 de octubre.

Así, tras la publicación en el BOJA, se pide a los ciudadanos que extremen las precauciones dadas las condiciones climáticas que está sufriendo Andalucía durante esta primavera. 

Por otro lado, la semana pasada la Junta de Andalucía ordenó la prórroga para la prohibición de todo tipo de quemas agrícolas hasta el 15 de octubre, fecha en la que finaliza la época de peligro alto de incendios forestales, fijado por el Plan Infoca.

Peligro alto

De este modo, en Andalucía se prohíbe la quema de matorral, pastos y residuos procedentes de tratamientos selvícolas, fitosanitarios y otros trabajos forestales, así como la quema de rastrojos o residuos en labores agrícolas que se realicen en Zona de Influencia Forestal (las que están a 400 metros de zonas forestales) y se suspenden las autorizaciones administrativas vigentes para ello.

También se suspenden las autorizaciones y notificaciones de quema y suspensión del uso del fuego en zonas recreativas y de acampada acondicionadas para su empleo y el uso del fuego para la preparación de alimentos o cualquier otra finalidad, incluidas las áreas de descanso de la red de carreteras, y las zonas recreativas y de acampada, aun estando habilitadas para ello, dado el alto peligro de incendios forestales por las actuales condiciones climatológicas. 

No obstante, previa autorización de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, podrán realizarse las actividades que se relacionan en el artículo 2 de la Orden de 21 de mayo de 2009, por la que se establece limitaciones de usos y actividades en terrenos forestales y zonas de influencia forestal.

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