El Bono Social Eléctrico incluye novedades y se extiende a más beneficiarios

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Bono Social Eléctrico

El Bono Social Eléctrico amplía cobertura a afectados económicamente por el COVID-19

La Dirección General de Consumo ha informado de una serie de novedades que se incluyen en el denominado Bono Social Eléctrico.

Según informan, su cobertura se ha multiplicado a raíz de los efectos de la crisis económica a causa del COVID-19. Precisamente, ante el excepcional escenario que ha dejado la pandemia, el Bono Social Eléctrico ha incorporado como nuevos beneficiarios –considerándoles como personas consumidoras vulnerables– a los afectados por la situación económica derivada del contexto sanitario. Aquí también entrarían empresarios o empresarias, que podrían demandar el bono si hubiera sufrido una reducción de jornada o hacerse cargo de los cuidados de un familiar.

Así, existen cuatro categorías en el Bono Social Eléctrico, que implican el grado de descuento aplicado a la factura. Por un lado, se encuentran las llamadas personas consumidoras vulnerables; las personas consumidoras vulnerables severas; las personas consumidoras en riesgo de exclusión social; y, por último y como novedad, las personas consumidoras afectadas por el COVID-19.

Estas categorías, que se establecen en base a la renta (IPREM o Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) del usuario o usuaria, el número de personas menores en la familia, si los hubiere, y otras circunstancias como pueden ser las familias numerosas, o que la persona consumidora sea pensionista de la Seguridad Social por jubilación o incapacidad.

Además del descuento aplicado en la facturación, las personas consumidoras de mayor vulnerabilidad también pueden beneficiarse de una prórroga más amplia para hacer frente a las facturas no abonadas -4 meses-. Asimismo, las compañías no podrán interrumpir el suministro eléctrico en aquellos hogares acogidos al bono social, siempre y cuando haya al menos un menor de 16 años en la unidad familiar, o en los que la persona consumidora o uno de los miembros de su unidad familiar sea persona con discapacidad igual o superior al 33% o con grado de dependencia II ó III.

Renovación

Por otro lado, la Dirección General de Consumo -dependiente de la Junta de Andalucía- recuerda que este Bono tiene que ser renovado cada dos años. En este sentido, recuerdan que las personas que se beneficien del mismo deben renovarlo quince días hábiles mínimo de que termine el periodo de vigencia.

El Bono Social Eléctrico ofrece descuento en la factura de la luz y pueden acogerse al mismo personas con vulnerabilidad. Así se quiere paliar los efectos de la pobreza energética ya que los hogares pueden beneficiarse de una reducción del precio final que oscila entre un 25 y un 40% e incluso, en algunos casos la gratuidad total.

Desde la citada entidad resaltan «el gran alivio que supone el bono social para tantas familias y hogares, y por ello animan a todas las personas consumidoras que estén atravesando dificultades a informarse y acogerse a esta fórmula».

Información

Para más información sobre cómo solicitar o renovar el Bono Social Eléctrico los interesados pueden dirigirse a la OMIC- Oficina Municipal de Información al Consumidor-, sita en el Mercado de Abastos. También hay un servicio gratuito de información telefónica a través de Consumo Responde en el número 900 21 50 80. Además, se puede visitar la página web.

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