Incumplir el estado de alarma conllevará sanciones

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denuncias por incumplimiento

Las sanciones por incumplir el estado de alarma oscilan entre los 100 y los 600.000 euros

Incumplir el estado de alarma será sancionado, según se recoge en el artículo 20 del Real Decreto, que se publicó la noche del sábado 14 de marzo en el Boletín Oficial del Estado.

Las sanciones por incumplir el estado de alarma oscilan entre 100 y 600.000 euros o prisión de tres meses hasta un año, según la gravedad de la infracción.

El incumplimiento o la resistencia a las órdenes de las autoridades competentes en el estado de alarma será sancionado con arreglo a las Leyes, en los términos establecidos en el artículo 10 de la Ley Orgánica 4/1981, de 5 de junio.

Tipificación de las infracciones

La tipificación de la infracción como delito contra la protección de la seguridad ciudadana, la salud pública, la protección civil o código penal dependerá del delito en sí y de la valoración que efectúen del riesgo los agentes de la autoridad.

Las sanciones, según la Ley de estado de alarma, excepción y sitio, se mantendrán aunque finalice la vigencia de la declaración del estado de alarma.

Las infracciones por incumplir el estado de alarma se pueden clasificar en:

Infracciones contra la protección de la seguridad ciudadana

La Ley de Seguridad Ciudadana detalla sanciones leves de entre 100 y 600 euros a quienes retiren vallas, encintados u otros elementos fijos o móviles colocados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para delimitar perímetros de seguridad, aún con carácter preventivo, cuando no constituya infracción grave. Del mismo modo, será sancionada la desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones con una multa de 601 a 30.000 euros.

Infracciones contra la salud pública

La Ley de Salud Pública recoge infracciones graves por la realización de conductas u omisiones que puedan producir un riesgo o un daño grave para la salud de la población serán motivo de sanción con multas de entre 3.001 y 60.000 euros

En caso que estas conductas produzcan un riesgo o un daño muy grave para la salud de la población la sanción se incrementará a un mínimo de 60.001 euros y hasta 600.000. De esta misma forma el incumplimiento de forma reiterada de las instrucciones recibidas por la autoridad competente también será multado con este importe.

Infracciones contra el sistema nacional de protección civil

La Ley del Sistema de Protección Civil señala que serán infracciones graves, de 1.500 a 30.000 euros, el incumplimiento de las órdenes, prohibiciones, instrucciones o requerimientos efectuados por los titulares de los órganos competentes o los miembros de los servicios de intervención y asistencia.

Infracciones contra el código penal

Los delitos de desobediencia serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a dieciocho meses, los que, sin estar comprendidos en el artículo 550, resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, según se recoge en el código penal.

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