Nueva normativa de Tráfico a partir del día 2 de enero

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Nueva normativa de Tráfico

El objetivo de la nueva normativa de Tráfico es reducir un 50% el número de fallecidos y heridos graves en accidentes

A partir del sábado 2 de enero entra en vigor la nueva normativa de Tráfico. Concretamente, se activarán algunas de las nuevas reformas del reglamento aprobadas por la Dirección General de Tráfico (DGT).

El Consejo de Ministros del pasado 10 de noviembre aprobó, a propuesta del Ministerio del Interior, un paquete de medidas, en esta nueva normativa de Tráfico, que pretenden reducir un 50% el número de fallecidos y heridos graves en accidentes de tráfico durante la próxima década, en consonancia con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud.

Una de las medidas más importantes está relacionada con el uso del teléfono móvil. Supondrá una sanción de 500 euros y la retirada de 6 puntos (anteriormente se quitaban 3). No sólo se aplicará a los conductores que vayan hablando, sino también a los que lo utilicen de cualquier forma o incluso sujetándolo con la mano.

Mal uso de los dispositivos de seguridad

Circular sin casco, cinturón o dispositivos de retención infantil llevará aparejada la reducción de 4 puntos (hasta ahora eran 3), mientras que la multa seguirá siendo de 200 euros. Asimismo, el mal uso de estos elementos (llevar el casco sin abrochar o la banda diagonal del cinturón tras la espalda) implicará la misma sanción.

También supondrá una multa llevar en el coche un detector de radares, que implicará un castigo de 3 puntos y 200 euros. Actualmente, sólo se sanciona a los conductores que los llevan encendidos, aunque muchos los apagaban al llegar a un control y posteriormente los volvían a activar.

Otros cambios

La reforma suprimirá el margen de 20 km/h en que se podía exceder el límite de velocidad en las carreteras convencionales de doble sentido para adelantar. Pese a que esta nueva regla ha generado polémica, la DGT declaró que era necesaria para igualarnos al resto de países europeos.

El Reglamento General Circulación modifica la velocidad en las ciudades: 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación, 50 km/h en vías de 2 o más carriles por sentido y 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada.

El Reglamento General de Vehículos define los vehículos de movilidad personal y prohíbe su circulación por vías interurbanas, travesías, aceras, túneles urbanos y autovías y/o autopistas que transcurran dentro de poblado y deberán disponer de un certificado de circulación.

La reforma del Reglamento General de Conductores también rebaja la edad exigible para acceder a conducir camiones y autobuses y establece la posibilidad de que personas con problemas asociados al sistema locomotor puedan acceder a dichos permisos de conducción.

La nueva normativa de Tráfico, en definitiva, aumenta los puntos a detraer por aquellos comportamientos que generan mayor riesgo para la conducción e impulsa el mecanismo de los cursos de conducción segura como fórmula para mejorar la formación vial de los conductores. El objetivo último es aumentar los comportamientos seguros al volante.

De hecho se introduce la posibilidad de recuperar 2 puntos del carné por la realización de los cursos de conducción segura certificados por la Dirección General de Tráfico.

La reforma unifica en dos años el plazo que habrá de transcurrir sin cometer infracciones para recuperar el saldo inicial de puntos, periodo que ahora varía en función de la gravedad de la infracción cometida.

Incluye una nueva infracción muy grave, cometer fraude en los exámenes de conducir utilizando dispositivos de intercomunicación no autorizados. La sanción será de 500 euros y penalización de seis meses sin poder presentarse al examen.

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