Las entidades vecinales y centros sociales ya pueden solicitar subvenciones

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El plazo de presentación de solicitudes para las subvenciones de entidades vecinales y centros sociales se abrió ayer

Ayer se abrió el plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria de subvenciones de Participación Ciudadana para entidades vecinales y centros sociales así como para las entidades sin ánimo de lucro. La documentación se podrá presentar hasta el día 8 de julio.

En las bases de este año se presta especial atención a la promoción y prevención de la salud para la adaptación y aplicación de las recomendaciones y normas puestas en funcionamiento con respecto a la lucha contra el covid-19 (adquisición de geles hidroalcohólicos, guantes, mascarillas, etc.).

Además, excepcionalmente, este año la convocatoria contempla la posibilidad de justificar la subvención con gastos corrientes de las entidades (luz, agua, teléfono…), debido a que hay muchas entidades que no han podido realizar actividades debido a la pandemia.

La cuantía máxima en ambas convocatorias se establece en 3.000 euros.

Podrán obtener las ayudas las entidades vecinales y centros sociales que se encuentren debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones Municipal con un mínimo de un año de antigüedad. Todas las entidades solicitantes habrán de cumplir con los requisitos previstos en la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones.

Las subvenciones se otorgarán con el fin de contribuir a los gastos derivados de la realización de actividades culturales, de ocio, de promoción de la salud, educativas, de promoción del desarrollo económico, de protección animal, solidarias para con la comunidad, así como para la promoción y difusión de las mismas, y que sean de interés para las personas asociadas y/o la población en general. En el caso de los clubes sociales, culturales y deportivos quedarán exceptuados todos los gastos de organización de actividades y mantenimiento del periodo estival para el que hayan firmado convenio con el Ayuntamiento.

Teniendo en cuenta la situación actual provocada por el covid-19, se podrá justificar el total de la subvención en gastos generados por el mantenimiento de sede. Este punto también se incluye en la convocatoria de subvenciones para entidades nazarenas sin ánimo de lucro.

Las entidades vecinales y centros sociales que soliciten participar en esta convocatoria de subvenciones deberán presentar una relación del número de personas asociadas con las que cuenta así como un certificado acreditativo del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

El modelo de solicitud podrá obtenerse en la página web del Ayuntamiento.

Las solicitudes y documentación se podrán entregar físicamente en el registro municipal del Ayuntamiento o de la Oficina Municipal de Montequinto. También vía on line, utilizando certificado digital, a través de la página web municipal.

Subvenciones para entidades sin ánimo de lucro

También podrán obtener estas ayudas las asociaciones sin ánimo de lucro que se encuentren debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones municipal con un mínimo de un año de antigüedad, anterior al de la presente convocatoria. Del mismo modo, todas las entidades solicitantes habrán de cumplir con los requisitos previstos en la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones.

Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria y bases de subvenciones aquellas entidades sin ánimo de lucro que para el presente año tengan convocada alguna ayuda específica: clubes deportivos, asociaciones vecinales, asociaciones de igualdad y AMPAS, así como las que sean beneficiarias de una subvención de carácter nominativo, haya mediado o no la firma del correspondiente convenio.

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